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25 de abril de 2008

La provincia de Buenos Aires podría tener una ley de unión civil

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Políticos y organizaciones que trabajan por los derechos de gays, lesbianas y trans están haciendo gestiones para que la Legislatura provincial trate y apruebe una ley de unión civil en esa jurisdicción.

Concejales de los partidos de Tres de Febrero y La Matanza están realizando gestiones para que se instale el debate en la Legislatura de la provincia de Buenos Aires con el fin de que trate y apruebe una ley de Unión Civil en la que no se discrimine a las parejas, quedando abierta la posibilidad de que también puedan acogerse a ella las personas homosexuales.

Los concejales Edgardo Lobos y Elina Rossi están realizando en conjunto con las organizaciones LGBT sendos trabajos ante sus respectivos cuerpos deliberativos para llevar la petición ante los legisladores provinciales.

Lobos comentó a AG Magazine que «el nuestro es un proyecto de resolución cuya función es pedirle a la Legislatura de la provincia de Buenos Aires que legisle acerca de la unión Civil». El concejal comentó que si bien el proyecto se presentó en el municipio de Tres de Febrero, el mismo no se aprobó. Pero «la idea que tenemos y en la que coincidimos con las organizaciones, es que varios municipios presenten el proyecto para hacer fuerza a nivel provincial» aseguró.

El concejal Ricardo Rolleri, del partido de La Matanza, aseguró a un periódico local que «está en la orden del día» el Proyecto de Resolución en el que el concejal Edgardo Lobos, solicitara que se estudie la implementación de la Unión Civil en la provincia de Buenos Aires. Asimismo, Rolleri previó respecto a este proyecto que «va a pasar a la comisión de Interpretación y Reglamento», y previó que «puede haber una adhesión».


EN LA CAMARA DE SENADORES

Con el mismo objetivo, la senadora Stella Maris Prunotto presentó un proyecto ante la Cámara alta con el que se daría un marco legal a las parejas de hecho sin hacer distinciones en si son hétero u homosexuales.

«El proyecto constituye un acto de justicia y de respeto por los derechos de las personas, sobre todo de las minorías sexuales, discriminadas a lo largo de la historia de las civilizaciones. Sin embargo no debemos dejar de tener presente que aquí no solo se prevé la regulación de las uniones civiles entre homosexuales, sino también de aquellas parejas heterosexuales que optan por este tipo de uniones, las cuales deben ser protegidas por el ordenamiento jurídico», argumentó la legisladora.

Con la promulgación de esta iniciativa, las parejas homosexuales y heterosexuales con uniones de hecho tendrán acceso a ciertos beneficios sociales y laborales, «que hasta hoy eran propios de las personas casadas, estas situaciones demandan un compromiso del Estado, a fin de garantizar el respeto y la promoción de los derechos fundamentales de libertad e igualdad ante la ley. Todo ello, en estricta consonancia con los preceptos emanados de nuestra Constitución provincial», señala el proyecto en sus fundamentos.

En el proyecto de ley se define a la unión a la «conformada libremente por dos personas con independencia de su sexo u orientación sexual», pero «que hayan convivido en una relación de afectividad estable y pública por un período mínimo de dos años, salvo que entre los integrantes haya descendencia en común».

Además fijaría los siguientes requisitos para acceder al beneficio: «los integrantes deberán tener domicilio legal en la provincia de Buenos Aires, inscripto por lo menos dos años de anterioridad a la fecha en la que se solicita la inscripción de la unión». Y se crearía el «Registro Público de Uniones Civiles».

En cuanto a los derechos del texto de la legisladora se desprende que «para el ejercicio de los derechos, obligaciones y beneficios que emanan de toda la normativa dictada por la provincia de Buenos Aires, los integrantes de la unión civil tendrán un tratamiento similar al de los cónyuges, dentro de la competencia provincial».

Si bien las normas relativas a la Unión Civil, no colocan a la pareja en igual situación que el matrimonio, la habilitan, de esta manera, a gozar de algunos derechos, que, solo pueden adquirirlos mediante decisiones judiciales, en el supuesto que se reclame por la vía correspondiente.

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