
El flamante legislador de la Coalición Cívica Maximiliano Ferrero presentó una iniciativa que establece como política pública el reconocimiento y el ejercicio pleno de la ciudadanía de las personas lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales (LGTBI). Sin duda un reto dirigido a la sociedad política, pero también a la sociedad civil.
Cabe recordar que la palabra “discriminación” proviene del latín (discriminatio) y es el acto de separar o formar grupos de personas a partir de criterios determinados. En su sentido más amplio, la discriminación es una manera de ordenar y clasificar. Puede referirse a cualquier ámbito, y puede utilizar cualquier criterio. Si de personas hablamos, podrán ser discriminados entre otros criterios, por edad, color de piel, nivel de estudios, nivel social, conocimientos, riqueza, color de ojos, etc. Pero también podemos discriminar fuentes de energía, obras de literatura, animales.
No obstante el diputado Ferrero utiliza el término en su acepción más coloquial, es decir en el que la discriminación se refiere al acto de hacer una distinción o segregación que atenta contra la igualdad. Al respecto, es sabido que normalmente se utiliza para referirse a la violación de la igualdad de derechos para los individuos por cuestión social, racial, religiosa, política, orientación sexual o por razón de género.
Oportuno es señalar que una de las principales fuentes de la desigualdad es la discriminación. Los ingresos, la clase social y la raza, factores tales como el género, el origen étnico, la nacionalidad, la filiación religiosa o la ideología política, habitualmente dan lugar a las diversas formas de discriminación.
Si bien existen diferentes maneras de discriminar, el proyecto del legislador de la Coalición Cívica está direccionado a resguardar los derechos de quienes son discriminados por cuestiones de género o de sexo, estando los mismos amparados por la legislación vigente pero que sin embargo no son tenidos en cuenta en un sin fin de oportunidades.
Como es sabido existen algunos grupos minoritarios que no están “efectivamente incorporados” en la sociedad. Estos grupos están discriminados y se encuentran en una posición de “subordinación perpetua”, lo cual se ve reflejado en la economía (clases menos favorecidas), en la política (estos grupos no tienen representación política) y en la vida social. Este tipo de discriminación es la más evidente, pues es la que se ve en el día a día.
Es arto elocuente que la discriminación ha sido una de las principales fuentes de desigualdad, debido a que, como ciertos grupos están marginados de las decisiones, se les priva de ciertos derechos fundamentales, tales como la salud, la seguridad social y la educación, entre otros muchos.
Pleno derecho
Ante ello, Ferrero plantea en su presentación que su propuesta tiende a establecer los lineamientos generales para que se convierta en una política pública “el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos de las personas lesbianas, gay, trans (transexuales, travestis y transgéneros), bisexuales e intersexuales, en cumplimiento de los principios y fines del Estado de la Ciudad y de los derechos y principios consagrados en la Constitución Argentina, en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos ratificados por el Estado nacional y en la Constitución local”.
Según el proyecto ésta política de Estado estará orientada por principios inalterables como lo son el hecho de que los mismos son “titulares y sujetos plenos de todos los derechos”.En concordancia con ello, la norma determina que los funcionarios públicos “tienen la obligación de adoptar medidas para hacer efectivos los derechos de la población LGTBI y suprimir las condiciones que facilitan la vulneración de sus derechos”.
El autor de la iniciativa recuerda que el Estado y la sociedad civil son responsables de garantizar, promover y defender los derechos de la población LGTBI, además de prevenir, investigar y sancionar toda forma de violencia contra ella.
Según se manifiesta en el proyecto de ley “la ejecución de esta política implica la actuación articulada de la ciudadanía, las organizaciones sociales, los diferentes sectores LGTBI y las instituciones gubernamentales con el fin de superar las situaciones de discriminación resultado de la identidad de género y/o la orientación sexual, para hacer efectivos los derechos humanos de las personas LGTBI, como parte de la convivencia y la inclusión en el ámbito de la Ciudad”.
Asimismo expresa que la política que finalmente adopte el Estado porteño deberá estar conformada por la integralidad, autonomía, identidad (respecto a su sexo, género y orientación social), equidad, diversidad y participación.
Por otro lado, establece que la política pública para las personas LGTBI tendrá como objetivos -los que se extenderán para cada una de las acciones que se promuevan y ejecuten en el ámbito de la Ciudad- la promoción de la inserción económica, social, laboral, política y ciudadana, el acceso a puestos de decisión y la integración en las políticas de desarrollo de las mencionadas personas, deberá consolidar desarrollos institucionales para el reconocimiento, garantía y restitución de los derechos de las mismas, mejorar la capacidad de acción y de respuesta de las instituciones de la Ciudad ante la vulneración de derechos de esas personas, generar capacidades en las organizaciones y personas de los sectores LGBT para una efectiva representación de sus intereses, individuales y colectivos, en los espacios de decisión de la ciudad, originar procesos de transformación de los imaginarios culturales, que posibiliten el reconocimiento y respeto de la diferencia, identidad cultural y el libre desarrollo de la personalidad, para una vida libre de violencias y de discriminación por identidad de género y/u orientación sexual.
En ese mismo sentido la propuesta tiende a garantizar mecanismos de articulación institucional, pública y privada, a favor del desarrollo de políticas públicas integrales, en las que las diversidades sexuales y de identidad de género sean consideradas como ejes transversales en su formulación, adecuación, implementación, ejecución y evaluación.
Acceso
Las líneas estratégicas que deberá adoptar el Estado porteño, sin perjuicio de otras áreas o temáticas en las que podrá desarrollar medidas de acción positiva, tendrá como base la garantía del acceso oportuno y con calidad a la salud de las personas LGTBI. Para ello creará protocolos de atención diferenciados, que reconozcan las condiciones particulares en materia cultural, psicológica, de orientación sexual y de género de las personas beneficiarias de esta política.
En cuanto a la educación, el Estado asegurará el acceso y permanencia de las personas LGTBI en el sistema educativo de la ciudad y además deberá avalar el ingreso a un trabajo digno mediante el diseño de estrategias para garantizar que las personas accedan a oportunidades de trabajo digno y de generación de ingresos, integrando acciones que fomenten la formación para el empleo, promoviendo la articulación de actores para el apoyo al emprendimiento y la erradicación de las prácticas discriminatorias en el ámbito local.
En esa línea propone la incorporación, en una proporción no inferior al cinco por ciento, de personas del colectivo trans en el sector público de la ciudad.
Ejercicio de la ciudadanía. Para ello el legislador Ferrero procura a través de su proyecto que el Estado porteño fortalezca “los procesos organizativos, organizaciones y ciudadanos en particular, pertenecientes al colectivo LGTBI o que trabajen en la protección de sus derechos, para lograr altos niveles de empoderamiento político, a la vez que se fomente la cultura democrática, respetuosa de los Derechos Humanos y la equidad social”.
Estas acciones estarán integradas por el fortalecimiento de organizaciones que trabajan por el reconocimiento y fortalecimiento de las organizaciones y demás actores LGTBI, con el fin de potenciar su incidencia política, gestión pública e institucional y sus procesos de consolidación como movimiento social.
También la propuesta de ley dispone que el Estado tendrá como cometido la promoción de estrategias de información que generen ciudadanos críticos y reflexivos sobre sus realidades y con capacidad de deliberar sobre aquellas situaciones que afectan su presente y futuro. A la vez que deberá posicionar diferentes temas de interés de las personas LGTBI en el debate público en el ámbito de la Ciudad.
La norma crea además la obligatoriedad de que el Estado promueva la participación de personas y organizaciones LGTBI en el control institucional y social de la prestación de servicios públicos, y el diseño y ejecución de políticas, que involucren el reconocimiento y la garantía de sus derechos.
Consejo Consultivo
Para cumplir con las metas que el diputado Maximiliano Ferrero plantea como objetivos, su propuesta promueve la conformación de un Consejo Consultivo para el diseño, seguimiento y evaluación de la política pública para el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos de las personas LGTBI en el ámbito de la Ciudad. Estará integrado por:
Dos representantes del Poder Ejecutivo; dos representantes de la Legislatura; un representante de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad; un representante del Consejo de la Magistratura de la Ciudad; seis representantes de diferentes organizaciones LGTBI. Esta composición garantizaría la participación de representantes de los diferentes sectores que componen el colectivo LGTBI y un representante por cada universidad pública con sede en el territorio de la ciudad, que cuente con programas de formación, centros de investigación o proyectos de investigación en los temas tratados en esta política.
Fuente: SentidoG