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28 de febrero de 2009

Las FF.AA. argentinas deberán aceptar homosexuales en sus filas

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Finalmente se cumplieron los plazos y desde hoy en la Argentina rige el nuevo sistema de justicia militar. Este despenaliza la homosexualidad entre los uniformados, erradica la pena de muerte, traslada los delitos exclusivamente militares a la órbita de la justicia común estableciendo con más precisión los delitos militares, cambia el sistema disciplinario entras las fuerzas armadas, entre otros aspectos.

Muchas de estas normas estaban en realidad sin aplicarse por usos y costumbres --la última ejecución tuvo lugar en 1934 y el último pedido de pena de muerte, tras el levantamiento carapintada de 1990-- y por una flexibilización natural del régimen desde el advenimiento de la democracia, en 1983. Pero lo importante es que el nuevo código reemplaza desde hoy al que estaba vigente desde 1951: un texto con conceptos arcaicos que databan del siglo XIX y por el que se rigieron y hasta se protegieron de sus abusos las sucesivas dictaduras que gobernaron la Argentina con mano dura.

"Este es un sistema de vanguardia, no sólo en América latina", dicen en el equipo de la ministra Nilda Garré, al señalar además que de ahora en más las personas con estatus militar serán juzgadas con las mismas garantías y obligaciones que la constitución nacional contempla para todos los ciudadanos. El nuevo sistema establece que la justicia federal actuará en todos los casos, con un procedimiento penal-militar para tiempo de guerra o situaciones de conflicto y un código disciplinario con la participación de un juez federal.

El pase al ámbito civil de todo el sistema de la Defensa, formó parte del paquete de medidas que Néstor Kirchner comenzó a encarar a su llegada al poder en 2003, y que su mujer, Cristina Fernández continuó al asumir, en 2007. Pero el ahora "viejo" código de justicia militar era hace tiempo cuestionado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, adonde llegó el debate tras el asesinato del soldado Omar Carrasco, en 1994, en un cuartel de Zapala, Neuquén. En el juicio por el aquel crimen que influyó en la abolición del servicio militar obligatorio en el país, quedó en evidencia el espíritu de cuerpo entre los militares a la hora de juzgarse entre ellos.

Por cierto, de ahora en más cualquier oficial no podrá hacer de abogado en un juicio, ya que el nuevo sistema disciplinario militar contempla la participación de un juez, un fiscal y un letrado. Después de que Néstor Kirchner derogara el anterior sistema en abril de 2007, Diputados y el Senado lo aprobaron por amplia mayoría -ley 26.394- en agosto de ese año. Para entonces, desde hacía un año, una comisión integrada por representantes de organismos públicos -como el juez de la Corte Suprema Eugenio Zafaroni, en calidad de presidente del Instituto de Derecho Penal de la UBA- y no gubernamentales -el CELS, CIPPEC, Cruz Roja- , juristas --como Alberto Binder- y auditores de las Fuerzas Armadas convocados por el Ministerio de la Defensa trabajaba en la elaboración del nuevo texto.

Hoy se están cumpliendo los seis meses estipulados por el artículo 7 de la ley 26.394, que lo pone en vigor. Cuando en sus discursos hablaba de los basamentos jurídicos de la ética militar, Garré insistió siempre en que el código de justicia iba de la mano de la consitución nacional, de los tratados y del código de ética de la Función Pública, entre diversos reglamentos.


Antecedentes

El nuevo Sistema de Justicia Militar reemplaza al que estaba vigente desde 1951.

En 2006 una comisión de organismos públicos y humanitarios, juristas y auditores militares comenzó a elaborar el nuevo código.

En agosto de 2007, las dos cámaras del Congreso aprobaron la ley 26.394, que reglamenta el nuevo código. Se estableció un plazo de seis meses para que entre en vigor.

El nuevo código erradica la pena de muerte, rechazada por la Convención Americana de Derechos Humanos, que en nuestra Constitución. Se despenalizó la homosexualidad. El militar que efectuara un requerimiento de carácter sexual para sí o para terceros, se sancionará bajo la amenaza de causar a la víctima un daño relacionado con el servicio o su carrera. El acoso sexual realizado por un superior aún superior es considerado como el más grave.

Ante cualquier delito común los militares deberán someterse a la Justicia Federal y pueden apelar ante esos mismos tribunales federales las sanciones disciplinarias. Para formalizar esto, se realizan modificaciones a varios artículos del Código Penal y del Código Procesal Penal.


Objeciones y respaldos

Horacio Jaunarena, ex ministro de Defensa de los gobiernos de Raúl Alfonsín, Fernando de la Rúa y Eduardo Duhalde, opinó ante Clarín que veía cierta "desorientación" en el nuevo código. "Pero hay que ver en la práctica si puede conciliar dos elementos siempre están en tensión en las instituciones jerárquicas las Fuerzas Armadas. Por una lado, el valor de la necesaria disciplina que debe imperar en un cuerpo jerárquico y por el otro, los derechos de los hombres que integran los cuerpos, que por ingresar en los instituciones castrenses, saben que esos derechos están restringidos", señaló.

En cambio, para el analista político Rosendo Fraga, la derogación del viejo código representó "un paso importante en la modernización de las Fuerzas Armadas que sigue los lineamientos de otros países que cuentan comparativamente con mucha más experiencia".







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