Se reglamentó la armonización. La movilidad será sectorial y no por cargo. La Secretaría de Previsión Social reglamentó la ley 9.075, en sus capítulos referidos a la armonización previsional con la Nación y además, ordenó y reglamentó la “vieja” ley 8.024 que, establece el Régimen General de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba. Los tres decretos se publican hoy en el Boletín Oficial y en el el sitio digital de este diario.
Los textos –que evitarán de ahora en más interpretaciones confusas– reconocen el derecho de pensión a personas que convivan sin matrimonio y también a personas del mismo sexo.
De acuerdo al decreto N° 42/09, en caso de muerte del beneficiario o del afiliado en actividad, gozarán de pensión la viuda, el viudo, la conviviente, el conviviente y los hijos. Para acreditar la convivencia, la Caja administrará un Registro para facilitar la prueba. Se exigirá un plazo de cinco años de convivencia “públicamente en aparente matrimonio” o de dos si existen hijos reconocidos.
“La convivencia reconocida en esta norma como fuente de derecho para la obtención de la pensión, incluye a la que desarrollen personas del mismo sexo”, establece la norma.
Movilidad. Se establece además que la movilidad de los pasivos se realizará de acuerdo a un índice del sector y no por cargo. De ahora en más, cada vez que se discutan los salarios, se determinará un índice promedio sectorial que se aplicará a los pasivos de esa área. Habrá además un índice promedio general que se aplicará para quienes no pertenezcan a un sector determinado. Ricardo Sosa, secretario general de la Gobernación, indicó a este diario que todavía no tiene fecha el inicio de la negociación salarial. “Sólo cruzamos llamadas telefónicas”, sostuvo.
El secretario de Previsión, Osvaldo Giordano, admitió que la Caja “está colapsada” a la hora de calcular la movilidad con la metodología actual, dado que hay 600 regímenes diferentes. “Hay 150 municipios que esperan y que no podemos actualizar”, sostuvo.
También se fijan pautas para modernizar el sistema de recaudación: se incluye declaración de nómina por vía digital, la cuenta corriente digital para empleadores y la historia laboral digital.
Haber inicial. Si la persona tuvo en los últimos 48 meses en el mismo cargo, el haber inicial se calcula sobre ese sueldo; si ejerció varios cargos, se promediará tomando las escalas salariales vigentes a la fecha del alta previsional. Se podrá jubilar en Córdoba quien aportó la mayoría de sus años activos al sistema.
Los textos –que evitarán de ahora en más interpretaciones confusas– reconocen el derecho de pensión a personas que convivan sin matrimonio y también a personas del mismo sexo.
De acuerdo al decreto N° 42/09, en caso de muerte del beneficiario o del afiliado en actividad, gozarán de pensión la viuda, el viudo, la conviviente, el conviviente y los hijos. Para acreditar la convivencia, la Caja administrará un Registro para facilitar la prueba. Se exigirá un plazo de cinco años de convivencia “públicamente en aparente matrimonio” o de dos si existen hijos reconocidos.
“La convivencia reconocida en esta norma como fuente de derecho para la obtención de la pensión, incluye a la que desarrollen personas del mismo sexo”, establece la norma.
Movilidad. Se establece además que la movilidad de los pasivos se realizará de acuerdo a un índice del sector y no por cargo. De ahora en más, cada vez que se discutan los salarios, se determinará un índice promedio sectorial que se aplicará a los pasivos de esa área. Habrá además un índice promedio general que se aplicará para quienes no pertenezcan a un sector determinado. Ricardo Sosa, secretario general de la Gobernación, indicó a este diario que todavía no tiene fecha el inicio de la negociación salarial. “Sólo cruzamos llamadas telefónicas”, sostuvo.
El secretario de Previsión, Osvaldo Giordano, admitió que la Caja “está colapsada” a la hora de calcular la movilidad con la metodología actual, dado que hay 600 regímenes diferentes. “Hay 150 municipios que esperan y que no podemos actualizar”, sostuvo.
También se fijan pautas para modernizar el sistema de recaudación: se incluye declaración de nómina por vía digital, la cuenta corriente digital para empleadores y la historia laboral digital.
Haber inicial. Si la persona tuvo en los últimos 48 meses en el mismo cargo, el haber inicial se calcula sobre ese sueldo; si ejerció varios cargos, se promediará tomando las escalas salariales vigentes a la fecha del alta previsional. Se podrá jubilar en Córdoba quien aportó la mayoría de sus años activos al sistema.